LDSCA

Artículo 100. Cuerpos Colegiados de Investigadores

El CICTCAÑA se apoyara en cuerpos colegiados integrados por investigadores de reconocido prestigio convocados de instituciones publicas de investigacion cientifica y tecnologica del pais.

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Texto Legal

El CICTCAÑA se apoyará en cuerpos colegiados formados por investigadores de reconocido prestigio que serán convocados de las diferentes instituciones públicas que realizan investigación científica y tecnológica en el país.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece la base tecnica del CICTCAÑA mediante convocatoria de expertos. Para efectos practicos, las aportaciones de estos investigadores pueden generar derechos de propiedad intelectual; asegure que los convenios establezcan claramente la titularidad de patentes y derechos derivados de las investigaciones realizadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 100 del LDSCA?

El CICTCAÑA se apoyara en cuerpos colegiados integrados por investigadores de reconocido prestigio convocados de instituciones publicas de investigacion cientifica y tecnologica del pais.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 100 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Este articulo establece la base tecnica del CICTCAÑA mediante convocatoria de expertos. Para efectos practicos, las aportaciones de estos investigadores pueden generar derechos de propiedad intelectual; asegure que los convenios establezcan claramente la titularidad de patentes y derechos derivados de las investigaciones realizadas.

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