LCM

Artículo 42. Sentencia de concurso mercantil

El juez dicta sentencia en cinco dias tras vencer el plazo de alegatos, considerando lo manifestado, probado y alegado, incluyendo razonamiento de todas las pruebas aportadas.

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Texto Legal

Sin necesidad de citación, el juez dictará la sentencia que corresponda dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo para la formulación de alegatos; considerando lo manifestado, probado y alegado por las partes además del dictamen del visitador. El juez deberá razonar las pruebas aportadas por las partes, incluyendo el dictamen del visitador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El juez tiene obligacion de razonar todas las pruebas presentadas, incluyendo el dictamen del visitador. Si no lo hace, puede originar casacion. Es recomendable que el visitador presente pruebas claras y bien estructuradas para facilitar esta motivacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LCM?

El juez dicta sentencia en cinco dias tras vencer el plazo de alegatos, considerando lo manifestado, probado y alegado, incluyendo razonamiento de todas las pruebas aportadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY de Concursos Mercantiles?

El juez tiene obligacion de razonar todas las pruebas presentadas, incluyendo el dictamen del visitador. Si no lo hace, puede originar casacion. Es recomendable que el visitador presente pruebas claras y bien estructuradas para facilitar esta motivacion.

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