Compete al Consejo de la Judicatura Federal dictaminar sobre la existencia de causas de remocion de miembros de la Junta Directiva del Instituto, pudiendo hacerlo a solicitud de al menos dos miembros.
Compete al Consejo de la Judicatura Federal dictaminar sobre la existencia de las causas de remoción señaladas en el artículo inmediato anterior, pudiendo hacerlo a solicitud de cuando menos dos de los miembros de la Junta Directiva del Instituto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece equilibrio de poderes mediante el control del Consejo de la Judicatura. Esta disposicion asegura que las remociones no sean decididas unilateralmente por los propios miembros de la Junta.
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Art. 318. Causas Remocion Junta Directiva
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Art. 320. Incompatibilidad Cargos Miembros Junta
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