El Comerciante o los acreedores pueden desistirse de la solicitud de concurso mercantil con el consentimiento de todos. Esto puede ayudar a evitar costos adicionales.
El Comerciante que haya solicitado su declaración de concurso mercantil o, en su caso, los acreedores o el Ministerio Público que lo hayan demandado, podrán desistir de su solicitud o demanda, siempre que exista el consentimiento expreso de todos ellos. El Comerciante o los acreedores demandantes sufragarán los gastos del proceso, entre otros, los honorarios del visitador y, en su caso, del conciliador. Artículo reformado DOF 10-01-2014
Capítulo IV De la visita de verificación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El desistimiento puede ser una opción viable si se logra un acuerdo entre las partes, evitando así un proceso prolongado y costoso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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