LCM

Artículo 278. Supuestos de cooperacion internacional

Establece cuatro supuestos para aplicar las disposiciones sobre cooperacion internacional: solicitud de tribunales extranjeros, solicitud de asistencia en estado extranjero, tramitacion simultanea de procedimientos o participacion de acreedores extranjeros.

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Texto Legal

Las disposiciones de este Título serán aplicables a los casos en que:

I. Un Tribunal Extranjero o un Representante Extranjero solicite asistencia en la República Mexicana en relación con un Procedimiento Extranjero;

II. Se solicite asistencia en un Estado extranjero en relación con un procedimiento que se esté tramitando con arreglo a esta Ley;

III. Se estén tramitando simultáneamente y respecto de un mismo Comerciante un Procedimiento Extranjero y un procedimiento en la República Mexicana con arreglo a esta Ley, o

IV. Los acreedores u otras personas interesadas, que estén en un Estado extranjero, tengan interés en solicitar la apertura de un procedimiento o en participar en un procedimiento que se esté tramitando con arreglo a esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es esencial para casos con elementos internacionales. Las empresas con activos o acreedores en multiples paises deben considerar que los procedimientos concursales mexicanos pueden interactuar con insolvencias extranjeras bajo estos supuestos, requiriendo coordinacion global.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 278 del LCM?

Establece cuatro supuestos para aplicar las disposiciones sobre cooperacion internacional: solicitud de tribunales extranjeros, solicitud de asistencia en estado extranjero, tramitacion simultanea de procedimientos o participacion de acreedores extranjeros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 278 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Este articulo es esencial para casos con elementos internacionales. Las empresas con activos o acreedores en multiples paises deben considerar que los procedimientos concursales mexicanos pueden interactuar con insolvencias extranjeras bajo estos supuestos, requiriendo coordinacion global.

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