LCM

Artículo 250. Designacion de sindico por comision supervisora

La Comision Supervisora propone al juez la designacion, remocion o sustitucion del sindico en concurso de institucion financiera.

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Texto Legal

Corresponderá a la Comisión Supervisora proponer al juez la designación, remoción o sustitución, en su caso, del síndico del concurso mercantil de la Institución Financiera. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Similar al articulo 240 para concesionarios, la Comision Supervisora controla seleccion de sindico. Esto asegura que funciones de liquidacion alineadas con objetivos de proteccion del sistema financiero, no necesariamente con optimizacion de recuperacion de acreedores ordinarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 250 del LCM?

La Comision Supervisora propone al juez la designacion, remocion o sustitucion del sindico en concurso de institucion financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 250 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Similar al articulo 240 para concesionarios, la Comision Supervisora controla seleccion de sindico. Esto asegura que funciones de liquidacion alineadas con objetivos de proteccion del sistema financiero, no necesariamente con optimizacion de recuperacion de acreedores ordinarios.

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