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Artículo 2. Aplicacion territorial y competencia administrativa

Declara que la Ley es de orden publico y aplicable en toda la Republica. La Secretaria de Economia es responsable de su aplicacion e interpretacion administrativa, sin perjuicio de tratados internacionales.

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Texto Legal

Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de aplicación en toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía. Artículo reformado DOF 24-01-2006

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La Secretaria de Economia es la autoridad central para comercio exterior. Cualquier consulta, tramite o interpretacion debe dirigirse a esta dependencia. Los tratados internacionales prevalecen sobre la Ley cuando entren en conflicto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del 28?

Declara que la Ley es de orden publico y aplicable en toda la Republica. La Secretaria de Economia es responsable de su aplicacion e interpretacion administrativa, sin perjuicio de tratados internacionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Comercio Exterior?

La Secretaria de Economia es la autoridad central para comercio exterior. Cualquier consulta, tramite o interpretacion debe dirigirse a esta dependencia. Los tratados internacionales prevalecen sobre la Ley cuando entren en conflicto.

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