LCJPJF

Artículo 38. Causales Separacion Carrera

Once causales de separacion incluyendo renuncia, incapacidad, no acreditacion de evaluacion, destituccion, condena penal, conflicto laboral, remocion, edad y jubilacion.

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Texto Legal

Causales de separación La separación de las personas servidoras públicas pertenecientes a la Carrera Judicial ocurrirá cuando se presente cualquiera de las siguientes causas:

I. Renuncia;

II. Incapacidad física o mental que impida el desempeño de sus funciones, sin perjuicio de los ajustes razonables que procedan;

III. Designación para ocupar un puesto, cargo o función no perteneciente al servicio de carrera sin previa licencia;

IV. No acreditar el procedimiento que disponga el Órgano mediante acuerdo general respecto de las evaluaciones de desempeño a que se refiere la presente Ley y las disposiciones normativas aplicables que al efecto se emitan;

V. Destitución o inhabilitación por resolución firme que así lo determine;

VI. Condena a pena privativa de libertad por razón de delito doloso que haya causado ejecutoria;

VII. Rescisión de la relación laboral derivada de un conflicto de trabajo, determinada por la autoridad competente, que haya quedado firme;

VIII. Por remoción, tratándose de las categorías previstas en las fracciones I, II, III, VI, IX y XI del artículo 11 de esta Ley;

IX. Retiro por edad;

X. Jubilación, y

XI. Las demás que establezca la presente Ley y demás disposiciones aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las causales son exhaustivas y algunas requieren procedimientos especiales (condena penal requiere ejecutoria, destituccion requiere resolucion firme). La no acreditacion de evaluacion es causal procedural importante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del LCJPJF?

Once causales de separacion incluyendo renuncia, incapacidad, no acreditacion de evaluacion, destituccion, condena penal, conflicto laboral, remocion, edad y jubilacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 38 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

Las causales son exhaustivas y algunas requieren procedimientos especiales (condena penal requiere ejecutoria, destituccion requiere resolucion firme). La no acreditacion de evaluacion es causal procedural importante.

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