LCJPJF

Artículo 23. Promocion en Carrera Judicial

Regula promocion a multiples categorias como Actuaria, Secretaria, Asistente de constancias mediante concursos internos o abiertos de oposicion segun acuerdos generales.

promocionconcursos internoscategoriasoposicion

Texto Legal

Promoción en la Carrera Judicial La promoción a las categorías de Actuaria o Actuario; Secretaria o Secretario de Juzgado o Asistente de constancias y registro de Jueza o Juez de control o Juez o Jueza de enjuiciamiento; Secretaria o Secretario de Tribunal o Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada; Secretaria o Secretario instructor, de constancias, de audiencias, de acuerdos, de diligencias y de instrucción de los juzgados laborales, y Secretaria o Secretario Proyectista, e Instructor o Instructora del Tribunal de Disciplina Judicial se hará a través de concursos internos o se podrá realizar mediante concursos abiertos de oposición en los términos de esta Ley y de los acuerdos generales que al efecto expida el Órgano de Administración Judicial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La promocion puede ser por concursos internos o abiertos, lo que afecta significativamente las oportunidades de desarrollo. Es importante revisar los acuerdos generales vigentes para conocer los requisitos especificos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del LCJPJF?

Regula promocion a multiples categorias como Actuaria, Secretaria, Asistente de constancias mediante concursos internos o abiertos de oposicion segun acuerdos generales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial?

La promocion puede ser por concursos internos o abiertos, lo que afecta significativamente las oportunidades de desarrollo. Es importante revisar los acuerdos generales vigentes para conocer los requisitos especificos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 23 del LCJPJF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 23 LCJPJF desde tu celular