Establece tres vias principales de ingreso: concursos abiertos de oposicion para Oficial Judicial, designacion en categorias especiales, y designacion como Secretaria o Secretario Proyectista.
Ingreso a la Carrera Judicial Cualquier persona puede ingresar a la Carrera Judicial a través de las siguientes vías:
LEY DE CARRERA JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 02-01-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
I. Mediante los concursos abiertos de oposición que para ocupar la categoría de Oficial judicial se realicen por la Escuela Nacional de Formación Judicial, con la periodicidad que determine el Órgano de Administración Judicial o a través del Programa de Prácticas Judiciales para dicha categoría;
II. A través de la designación en alguna de las categorías de Carrera Judicial pertenecientes a la Suprema Corte, al Tribunal Electoral y al Tribunal de Disciplina Judicial, y
III. A través de la designación como Secretaria o Secretario Proyectista de Tribunal de Circuito o como Secretaria o Secretario Proyectista de Juzgado de Distrito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las tres vias de ingreso tienen implicaciones diferentes en cuanto a requisitos y procedimientos. Los contadores deben considerar que hay opciones de ingreso directo por designacion que no requieren concurso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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