LBOGM

Artículo 94. Remision a registro tras solicitud

SSA, una vez recibe solicitud completa de autorizacion, debe remitirla al Registro para inscripcion y publicidad. Requisito administrativo que genera transparencia publica del tramite.

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Texto Legal

Una vez que la SSA reciba una solicitud de autorización, y siempre y cuando cumpla con la información y los requisitos establecidos en esta Ley, deberá remitirla al Registro, para su inscripción y publicidad respectivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Punto donde la solicitud se hace publica. Empresas competidoras pueden enterarse del tramite. Considerar si hay informacion confidencial en la solicitud y solicitar proteccion bajo articulos de confidencialidad de la Ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 94 del LBOGM?

SSA, una vez recibe solicitud completa de autorizacion, debe remitirla al Registro para inscripcion y publicidad. Requisito administrativo que genera transparencia publica del tramite.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 94 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

Punto donde la solicitud se hace publica. Empresas competidoras pueden enterarse del tramite. Considerar si hay informacion confidencial en la solicitud y solicitar proteccion bajo articulos de confidencialidad de la Ley.

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