LBOGM

Artículo 49. Realizacion liberaciones experimentales

Las liberaciones experimentales se realizan conforme a términos y condiciones del permiso. Cuando el permiso contempla múltiples liberaciones del mismo OGM en la misma área, puede requerirse aviso previo de cada liberación.

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Texto Legal

Las liberaciones experimentales al ambiente de OGMs se realizarán al amparo y conforme a los términos y condiciones que establezca el permiso. En caso de que dicho permiso comprenda la realización de diversas liberaciones del mismo OGM en la misma área geográfica establecida en el permiso, en el mismo se podrá establecer el requisito de aviso de cada liberación.

SECCIÓN II Permiso para liberación al ambiente en programa piloto

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La flexibilidad de múltiples liberaciones bajo un permiso con avisos previos acelera actividades. Clarificar con la Secretaría si se requieren avisos formales o internos para evitar conflictos interpretativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del LBOGM?

Las liberaciones experimentales se realizan conforme a términos y condiciones del permiso. Cuando el permiso contempla múltiples liberaciones del mismo OGM en la misma área, puede requerirse aviso previo de cada liberación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente...?

La flexibilidad de múltiples liberaciones bajo un permiso con avisos previos acelera actividades. Clarificar con la Secretaría si se requieren avisos formales o internos para evitar conflictos interpretativos.

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