En caso de liberación accidental de OGMs, las Secretarías deben coordinarse para implementar medidas que eviten daños a la biodiversidad y la salud. Esta coordinación es esencial para mitigar riesgos.
En caso de liberación accidental de OGMs, las Secretarías se coordinarán para que, en el ámbito de sus respectivas competencias conforme a esta Ley, impongan las medidas necesarias para evitar afectaciones negativas a la diversidad biológica, a la salud humana o a la sanidad animal, vegetal y acuícola, según se trate.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los operadores deben tener un plan de contingencia para responder a liberaciones accidentales, asegurando la coordinación con las autoridades competentes.
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Art. 16. Facultades de la SSA sobre OGMs
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Art. 18. Facultades de la SHCP sobre importación
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