Este artículo establece que la SEMARNAT debe remitir expedientes a la SAGARPA para su opinión en casos de especies silvestres y forestales. Esto asegura una evaluación integral de riesgos.
En los casos en que a la SEMARNAT le corresponda el conocimiento, tramitación y resolución de una solicitud de permiso, tratándose de especies silvestres y forestales, deberá remitir el expediente respectivo a la SAGARPA para que emita la opinión que corresponda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La remisión de expedientes es un paso importante en el proceso de evaluación de riesgos. Los profesionales deben asegurarse de que la documentación esté completa para evitar retrasos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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