LBio

Artículo 35. Caducidad de permisos

Los permisos caducan si no se ejercen los derechos conferidos en el plazo establecido o por un periodo de 365 días. También se aplican otras causas de caducidad.

caducidadpermisosderechos

Texto Legal

Los permisos y autorizaciones caducan si sus titulares:

I. No ejercen los derechos conferidos en el título del permiso de acuerdo con lo siguiente:

a) En el plazo que para tal efecto se establezca en el permiso o autorización, o

b) A falta de plazo, por un periodo consecutivo de trescientos sesenta y cinco días naturales, y

II. Se ubican en los demás supuestos de caducidad previstos en el permiso o autorización respectiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los permisionarios deben asegurarse de utilizar sus permisos activamente para evitar la caducidad. Un seguimiento regular es recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LBio?

Los permisos caducan si no se ejercen los derechos conferidos en el plazo establecido o por un periodo de 365 días. También se aplican otras causas de caducidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY de Biocombustibles?

Los permisionarios deben asegurarse de utilizar sus permisos activamente para evitar la caducidad. Un seguimiento regular es recomendable.

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