LBio

Artículo 27. Transporte y almacenamiento de biocombustibles

Los Biocombustibles deben ser transportados y almacenados sin alteraciones. Esto asegura que cumplan con las especificaciones establecidas por la ley.

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Texto Legal

Los Biocombustibles deben transportarse, almacenarse, distribuirse, comercializarse, expenderse y suministrarse sin alteración, de conformidad con lo que establece esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Para efectos de la presente Ley, se considera que los Biocombustibles han sido alterados cuando se modifique su composición respecto de las especificaciones establecidas en las disposiciones aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben implementar controles rigurosos en sus procesos de transporte y almacenamiento para evitar alteraciones que puedan comprometer la calidad del producto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LBio?

Los Biocombustibles deben ser transportados y almacenados sin alteraciones. Esto asegura que cumplan con las especificaciones establecidas por la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY de Biocombustibles?

Las empresas deben implementar controles rigurosos en sus procesos de transporte y almacenamiento para evitar alteraciones que puedan comprometer la calidad del producto.

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