LBio

Artículo 14. Programas de Desarrollo Sustentable

La SENER, SADER y SEMARNAT pueden elaborar programas conjuntos para promover el desarrollo sustentable de los biocombustibles. Esto fomenta la colaboración interinstitucional.

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Texto Legal

La SENER, la SADER y la SEMARNAT de manera coordinada, y en el ámbito de sus respectivas competencias, pueden elaborar programas para promover el desarrollo sustentable de los Biocombustibles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La colaboración entre estas secretarías es clave para el desarrollo de políticas efectivas. Los profesionales deben estar atentos a los programas que se implementen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LBio?

La SENER, SADER y SEMARNAT pueden elaborar programas conjuntos para promover el desarrollo sustentable de los biocombustibles. Esto fomenta la colaboración interinstitucional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY de Biocombustibles?

La colaboración entre estas secretarías es clave para el desarrollo de políticas efectivas. Los profesionales deben estar atentos a los programas que se implementen.

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