Aplicacion de sanciones sigue procedimientos administrativos de leyes sanitarias y laborales, y supletoriamente LFPA o equivalentes estatales.
Para la aplicación de las sanciones derivadas de violaciones a esta Ley, se observará el procedimiento administrativo establecido en las leyes sustantivas aplicables en materia sanitaria y laboral y, de forma supletoria a éstas, lo que prescriben la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o equivalentes en las entidades federativas, según corresponda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aunque es procedimiento administrativo, garantiza debido proceso. Patrones tienen derecho a audiencia y defensa; deben documentar y presentar pruebas de conformidad para impugnar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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