Especifica elementos obligatorios en actas de diligencias de vigilancia: datos del sujeto, hora, ubicacion, testigos, actuacion realizada y declaraciones.
En las actas que se instrumenten con motivo del ejercicio de las actividades de vigilancia y verificación, se hará constar:
I. Nombre, denominación o razón social de las personas sujetas a vigilancia y verificación;
LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Hora, día, mes y año en que se inicie y concluya la diligencia;
III. Calle, número, población o colonia, municipio o alcaldía, código postal y entidad federativa, teléfono u otra forma de comunicación disponible, en que se encuentre ubicado el lugar, en que se practique la visita;
IV. Número y fecha del oficio de comisión que la motivó;
V. Nombre y cargo de la persona con quien se entendió la diligencia;
VI. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos;
VII. Datos relativos a la actuación;
VIII. Declaración del representante o apoderado legal o persona con quien se entendió la diligencia, si quisiera hacerla, y
IX. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia. Si alguno se negara a firmar, se hará constar su negativa, sin que esto afecte la validez del acta. Artículo adicionado DOF 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Requisito de validez de actas. La omision de elementos puede anular el acta. La negativa a firmar debe constar sin afectar validez. Importante que operadores documenten circunstancias durante inspecciones para futuras defensas.
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