LAC

Artículo 14. Causales de terminacion de concesiones

Concesiones terminan por vencimiento, renuncia, revocacion, desaparicion de objeto o liquidacion-quiebra del titular. Obligaciones subsisten post-terminacion.

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Texto Legal

Las concesiones o los permisos terminan por:

I. Vencimiento del plazo establecido en la concesión o de la prórroga que, en su caso, se hubiere otorgado;

II. Renuncia del titular;

III. Revocación;

IV. Desaparición del objeto de la concesión o el permiso, y

V. Liquidación o quiebra del titular.

La terminación de la concesión o del permiso no extingue las obligaciones contraídas por el titular durante su vigencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Importante para administracion contractual. Obligaciones de indemnitarios permanecen vigentes. Planificar transicion con 180 dias anticipados al vencimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LAC?

Concesiones terminan por vencimiento, renuncia, revocacion, desaparicion de objeto o liquidacion-quiebra del titular. Obligaciones subsisten post-terminacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY de Aviación Civil?

Importante para administracion contractual. Obligaciones de indemnitarios permanecen vigentes. Planificar transicion con 180 dias anticipados al vencimiento.

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