Si se expropia parte de un inmueble y la parte restante es inviable, el propietario puede solicitar la adquisición de la superficie restante. La autoridad debe resolver en un plazo específico.
Cuando se expropie parte de un inmueble y la explotación o aprovechamiento de la superficie restante resulte inviable económicamente para el propietario, éste podrá solicitar a la autoridad, dentro los quince días hábiles siguientes a la notificación del decreto o a la segunda publicación de éste en el Diario Oficial, que adquiera dicha superficie, aportando los elementos de prueba que estime acrediten dicha circunstancia.
LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La autoridad resolverá al respecto en un plazo máximo de diez días hábiles, con notificación personal al afectado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los propietarios deben estar informados sobre sus derechos tras una expropiación para poder actuar oportunamente y evitar pérdidas económicas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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