La dependencia puede adquirir inmuebles necesarios por la vía convencional, incluyendo a titulares de otros derechos. Las negociaciones deben ser documentadas adecuadamente.
La dependencia o entidad responsable podrá adquirir los inmuebles, bienes y derechos necesarios para el proyecto aprobado, por la vía convencional con el o los legítimos titulares.
Las negociaciones podrán incluir a titulares de otros derechos reales, arrendatarios, derechos posesorios, derechos litigiosos y cualquier otro derecho que conste en título legítimo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es esencial llevar un registro exhaustivo de las negociaciones para proteger los intereses de la dependencia y evitar futuros litigios.
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