LAPP

Artículo 69. Negociación de inmuebles

La dependencia puede adquirir inmuebles necesarios por la vía convencional, incluyendo a titulares de otros derechos. Las negociaciones deben ser documentadas adecuadamente.

negociacióninmueblesadquisición

Texto Legal

La dependencia o entidad responsable podrá adquirir los inmuebles, bienes y derechos necesarios para el proyecto aprobado, por la vía convencional con el o los legítimos titulares.

Las negociaciones podrán incluir a titulares de otros derechos reales, arrendatarios, derechos posesorios, derechos litigiosos y cualquier otro derecho que conste en título legítimo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es esencial llevar un registro exhaustivo de las negociaciones para proteger los intereses de la dependencia y evitar futuros litigios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69 del LAPP?

La dependencia puede adquirir inmuebles necesarios por la vía convencional, incluyendo a titulares de otros derechos. Las negociaciones deben ser documentadas adecuadamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 69 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Es esencial llevar un registro exhaustivo de las negociaciones para proteger los intereses de la dependencia y evitar futuros litigios.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 69 del LAPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 69 LAPP desde tu celular