LAPP

Artículo 37. Perdida derechos por incumplimiento promotor

Si promotor no proporciona informacion solicitada, promueve proyecto con otro, cede propuesta a terceros o no justifica causa, pierde derechos sobre estudios en favor del Ejecutivo federal.

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Texto Legal

En caso de que durante el plazo de evaluación, el interesado no proporcione la información solicitada sin causa justificada o bien, promueva el proyecto con alguna otra entidad o de alguna otra manera, o ceda su propuesta a terceros, se dará por concluido el trámite y el interesado perderá en favor del Ejecutivo federal todos sus derechos sobre los estudios presentados, incluso si el proyecto se concursa, previa garantía de audiencia.

Capítulo Cuarto De la Adjudicación de los Proyectos

Sección Primera De los Concursos

LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Sancion rigurosa por infidelidad procesal: perdida absoluta de derechos intelectuales incluso si proyecto luego se concursa exitosamente. Requiere garantia previa de audiencia. Promotor debe ser muy cauteloso en comunicaciones paralelas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LAPP?

Si promotor no proporciona informacion solicitada, promueve proyecto con otro, cede propuesta a terceros o no justifica causa, pierde derechos sobre estudios en favor del Ejecutivo federal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Sancion rigurosa por infidelidad procesal: perdida absoluta de derechos intelectuales incluso si proyecto luego se concursa exitosamente. Requiere garantia previa de audiencia. Promotor debe ser muy cauteloso en comunicaciones paralelas.

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