El incumplimiento de obligaciones contractuales genera penas convencionales pactadas, que pueden incluir reducciones en contraprestaciones al desarrollador.
El incumplimiento de las obligaciones del contrato de asociación público-privada dará lugar a las penas convencionales pactadas en el propio contrato, las cuales podrán incluir reducciones en las contraprestaciones a favor del desarrollador.
En los supuestos de incumplimiento de las autorizaciones para el desarrollo de proyectos de asociación público-privada, se estará a las disposiciones que regulan tales instrumentos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las penas deben ser razonables y proporcionales al incumplimiento. Recomendamos negociar escalas de penalizacion que distingan entre incumplimientos menores y graves para evitar disputas posteriores sobre proporcionalidad.
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