LAPP

Artículo 10. Caracter opcional y limitaciones sectoriales

APP son opcionales, solo para sectores donde ley especifica permita participacion privada o mediante concesiones, prohibidas donde legislacion reserve al Estado.

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Texto Legal

Los esquemas de asociación público-privada regulados en la presente Ley son opcionales y podrán utilizarse en relación con actividades cuya legislación específica prevea la libre participación del sector privado, o bien, mediante, el otorgamiento de permisos, autorizaciones o concesiones, para la prestación de los servicios correspondientes y no podrán referirse a los casos en los que las disposiciones aplicables señalen que no pueda intervenir el sector privado. Artículo reformado DOF 11-08-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Limitacion sustantiva clave: no puede promoverse APP en agua potable, petroleo o electricidad generada por CFE sin reforma a ley sectorial previa. Verificar legalmente cada sector antes de iniciar viabilidad de proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LAPP?

APP son opcionales, solo para sectores donde ley especifica permita participacion privada o mediante concesiones, prohibidas donde legislacion reserve al Estado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Asociaciones Público Privadas?

Limitacion sustantiva clave: no puede promoverse APP en agua potable, petroleo o electricidad generada por CFE sin reforma a ley sectorial previa. Verificar legalmente cada sector antes de iniciar viabilidad de proyecto.

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