El Organismo celebra acuerdos de coordinacion con sectores publico, social y privado para asistencia social enfocada en grupos vulnerables. Incluye coordinacion con autoridades indigenas y afromexicanas.
Con el propósito de asegurar la adecuada coordinación de acciones en el ámbito de la prestación de los servicios de asistencia social y con el objeto de favorecer prioritariamente a los grupos sociales más vulnerables, en los términos del Sistema Nacional de Planeación, de la Ley General de Salud, y de este Ordenamiento, El Organismo, celebrará acuerdos y concertará acciones con los sectores público, social y privado; y en su caso, con las autoridades de los diferentes pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de las entidades federativas. Artículo reformado DOF 01-04-2024
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave reformado en 2024. Establece la obligacion de incluir perspectiva intercultural. Abogados deben considerar protocolos de consulta previa con comunidades indigenas.
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