El Organismo coordinara con dependencias federales, estatales y municipales en diseno de politicas, operacion de programas y prestacion de servicios. Promovera centros de rehabilitacion multidisciplinaria y vinculacion entre servicios de asistencia y salud.
En el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones, El Organismo actuará en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales o municipales, de acuerdo con la competencia y atribuciones legales que éstas tengan.
Promoverá, coordinadamente con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, en sus respectivos ámbitos de competencia, el establecimiento de centros y servicios de rehabilitación física, psicológica, social y ocupacional, para las personas con algún tipo de discapacidad o necesidad especial, así como acciones que faciliten la disponibilidad y adaptación de prótesis, órtesis y ayudas funcionales.
El Organismo, promoverá una vinculación sistemática entre los servicios de rehabilitación y asistencia social que preste, y los que proporcionen los establecimientos del sector salud.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece obligacion de coordinacion interinstitucional en tres niveles de gobierno. Esto implica que acciones unilaterales sin coordinacion podrian ser impugnadas; siempre documentar coordinacion previa en proyectos de asistencia social.
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Art. 28. Funciones coordinadoras y sustantivas
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Art. 30. Composicion del patrimonio del organismo
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