LASoc

Artículo 26. Objetivos operacionales del sistema

El Sistema debe coordinar servicios publicos y privados, establecer prioridades nacionales, ampliar cobertura, garantizar calidad, promover esquemas regionalizados y asegurar atencion integral a poblacion vulnerable.

objetivos operacionalescobertura de servicioscalidad asistencialcoordinacion interinstitucional

Texto Legal

Los integrantes del Sistema contribuirán al logro de los siguientes objetivos:

a) Coordinar la prestación de servicios de asistencia social pública y privada;

b) Establecer las prioridades y estrategias nacionales para la prestación de servicios de asistencia social;

c) Promover la ampliación de la cobertura y garantizar la calidad de los servicios de asistencia social;

d) Promover un esquema regionalizado de servicios de asistencia social, y

e) Promover la cooperación y la coordinación interinstitucional para asegurar la atención integral a las personas y familias que sean sujetos de derechos de asistencia social.

Capítulo VI Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Estos cinco objetivos son parametros de evaluacion del desempeno del sistema. Al supervisar o auditar instituciones, verificar cumplimiento de estos objetivos proporciona base legal solida para recomendaciones de mejora.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LASoc?

El Sistema debe coordinar servicios publicos y privados, establecer prioridades nacionales, ampliar cobertura, garantizar calidad, promover esquemas regionalizados y asegurar atencion integral a poblacion vulnerable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Asistencia Social?

Estos cinco objetivos son parametros de evaluacion del desempeno del sistema. Al supervisar o auditar instituciones, verificar cumplimiento de estos objetivos proporciona base legal solida para recomendaciones de mejora.

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