LASoc

Artículo 19. Coordinacion entre Federacion y gobiernos locales

Secretaria de Salud a traves de DIF podra celebrar acuerdos de coordinacion en asistencia social con gobiernos de entidades federativas y Distrito Federal.

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Texto Legal

La Secretaría de Salud a través del Organismo, y en su caso, con la intervención de otras dependencias y entidades, podrá celebrar acuerdos de coordinación en materia de asistencia social con los gobiernos de las Entidades Federativas y del Distrito Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Marco legal para acuerdos colaborativos. Estos acuerdos son instrumentos practicos de coordinacion; revisa los vigentes en tu jurisdiccion para entender flujos de recursos y responsabilidades compartidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LASoc?

Secretaria de Salud a traves de DIF podra celebrar acuerdos de coordinacion en asistencia social con gobiernos de entidades federativas y Distrito Federal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Asistencia Social?

Marco legal para acuerdos colaborativos. Estos acuerdos son instrumentos practicos de coordinacion; revisa los vigentes en tu jurisdiccion para entender flujos de recursos y responsabilidades compartidas.

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