Las distinciones tendran formas que fije normativa vigente. Se registran en direcciones de Armas, Servicios o Comandancia de Guardia Nacional.
Las distinciones tendrán las formas que fije la normativa vigente. De las distinciones otorgadas se llevará un registro en las direcciones respectivas de las Armas, Servicios o de la Comandancia de la Guardia Nacional. Artículo reformado DOF 16-07-2025
CAPÍTULO V De las Citaciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo procedimental remite a normativa vigente para detalles. Registro en dependencias respectivas es obligatorio. Reforma 2025 incluyo Guardia Nacional. Coordinar con oficinas de recursos humanos para documentacion.
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