LAREFAGN

Artículo 51. Exclusividad de recompensas por hecho

Solo una recompensa puede otorgarse por el mismo hecho. Evita multiplicidad de reconocimientos por una misma accion.

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Texto Legal

El otorgamiento de cualquiera de las recompensas establecidas en el artículo anterior, excluye la concesión de otra por el mismo hecho.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Principio de non bis in idem aplicado a recompensas militares. Importante para evitar doble beneficio y mantener proporcionalidad. Revisar la documentacion del hecho para detectar intentos de multiples reconocimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 51 del LAREFAGN?

Solo una recompensa puede otorgarse por el mismo hecho. Evita multiplicidad de reconocimientos por una misma accion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 51 de la LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fue...?

Principio de non bis in idem aplicado a recompensas militares. Importante para evitar doble beneficio y mantener proporcionalidad. Revisar la documentacion del hecho para detectar intentos de multiples reconocimientos.

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