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Artículo 1. Amnistia por hechos de violencia Chiapas

Se otorga amnistia a todas las personas contra quienes se haya ejercitado accion penal por delitos cometidos durante los hechos de violencia en Chiapas del 1 al 20 de enero de 1994. El Ejecutivo Federal creara una Comision para coordinar la aplicacion de la presente ley.

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Texto Legal

Se decreta amnistía en favor de todas las personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden federal, por los delitos cometidos con motivo de los hechos de violencia, o que tengan relación con ellos, suscitados en varios municipios del Estado de Chiapas el día primero de enero de mil novecientos noventa y cuatro al día veinte del mismo mes y año, a las quince horas.

El Ejecutivo Federal integrará una Comisión que coordinará los actos de aplicación de la presente Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este es el articulo fundamental que establece el alcance temporal y espacial de la amnistia. Para contadores, es critico entender que la amnistia cubre solo los delitos vinculados directamente con los eventos del 1-20 de enero de 1994 en Chiapas. Cualquier delito fuera de este periodo o ubicacion no se beneficia de esta disposicion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del 19?

Se otorga amnistia a todas las personas contra quienes se haya ejercitado accion penal por delitos cometidos durante los hechos de violencia en Chiapas del 1 al 20 de enero de 1994. El Ejecutivo Federal creara una Comision para coordinar la aplicacion de la presente ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la LEY de Amnistía?

Este es el articulo fundamental que establece el alcance temporal y espacial de la amnistia. Para contadores, es critico entender que la amnistia cubre solo los delitos vinculados directamente con los eventos del 1-20 de enero de 1994 en Chiapas. Cualquier delito fuera de este periodo o ubicacion no se beneficia de esta disposicion.

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