LACP

Artículo 95. Causas de disolución de sociedades

Este artículo establece las causas por las cuales las Sociedades Financieras Populares pueden ser disueltas, incluyendo el consentimiento de la asamblea de socios y la revocación de la autorización para operar. Es fundamental para entender el marco legal de estas entidades.

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Texto Legal

Las Sociedades Financieras Populares se disolverán por las causas siguientes:

I. Por el consentimiento de la asamblea de Socios;

II. Por imposibilidad de seguir realizando el objeto de la Sociedad Financiera Popular;

III. Porque se le revoque la autorización para operar;

IV. Por resolución del Comité de Protección al Ahorro en términos de esta Sección, y

V. Por resolución judicial. Artículo reformado DOF 13-08-2009

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los contadores y abogados conozcan las causas de disolución para asesorar adecuadamente a las Sociedades Financieras Populares y prevenir conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 95 del LACP?

Este artículo establece las causas por las cuales las Sociedades Financieras Populares pueden ser disueltas, incluyendo el consentimiento de la asamblea de socios y la revocación de la autorización para operar. Es fundamental para entender el marco legal de estas entidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 95 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular?

Es importante que los contadores y abogados conozcan las causas de disolución para asesorar adecuadamente a las Sociedades Financieras Populares y prevenir conflictos legales.

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