El Gobierno Federal, a través de la Secretaría y la Comisión, podrá celebrar convenios con Entidades Federativas para el cumplimiento de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Esto busca una mejor coordinación en la supervisión.
En los términos de la fracción VIl del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría y de la Comisión, celebrará convenios con las Entidades Federativas, a efecto de que éstas ejerzan las funciones que se acuerde para el cumplimiento de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los convenios pueden facilitar la implementación de políticas locales, pero es importante que las Sociedades estén al tanto de sus implicaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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