Se requiere permiso de 'la Autoridad del Agua' para perforar, reponer o modificar pozos en zonas reglamentadas. Esto asegura el control sobre las extracciones permitidas.
En los casos del Artículo anterior, será necesario solicitar a "la Autoridad del Agua" el permiso para realizar:
I. La perforación con el objeto de completar el volumen autorizado, si una vez terminada la obra hidráulica no se obtiene el mismo;
II. La reposición de pozo, y
III. La profundización, relocalización o cambio de equipo del pozo.
El permiso tomará en cuenta las extracciones permitidas en los términos del Artículo 40 de la presente Ley. Artículo reformado DOF 29-04-2004
TÍTULO SEXTO Usos del Agua
Capítulo I Uso Público Urbano
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Obtener los permisos adecuados es esencial para evitar problemas legales. Los usuarios deben estar bien informados sobre los procedimientos y requisitos establecidos por la autoridad.
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