Las dependencias pueden establecer deducciones al pago por incumplimiento parcial o deficiente de los proveedores. Esto asegura que los proveedores cumplan con los estándares establecidos.
Las dependencias y entidades podrán establecer en la convocatoria a la licitación, invitaciones a cuando menos tres personas, contratos, órdenes de suministro y de servicio, deducciones al pago de bienes o servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato. En estos casos, establecerán el límite de incumplimiento a partir del cual podrán cancelar total o parcialmente las partidas o conceptos no entregados, o bien rescindir el contrato en los términos de este artículo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben asegurarse de que las deducciones estén claramente especificadas en los contratos para evitar disputas. La comunicación clara sobre las expectativas es clave para el éxito del contrato.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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