Enumera las funciones especificas de la Comision Permanente de Funcionarios Fiscales, incluyendo la vigilancia de la liquidacion de participaciones, la resolucion de controversias y la formulacion de propuestas legislativas.
Son funciones de la Comision Permanente de Funcionarios Fiscales las siguientes:
I. Preparar las Reuniones Nacionales de Funcionarios Fiscales y someterle para su aprobacion, entre otros asuntos, el reglamento interior de los organismos del Sistema.
II. Preparar los proyectos de distribucion de participaciones a las entidades.
III. Formular los dictamenes tecnicos que le solicite la Reunion Nacional.
IV. Vigilar la liquidacion de las participaciones federales y los fondos de aportaciones.
V. Vigilar el cumplimiento de los convenios de coordinacion y colaboracion administrativa.
VI. Formular las propuestas de legislacion y disposiciones administrativas para el mejor funcionamiento del sistema.
VII. Fungir como organo de consulta de la Federacion y de las entidades en materia de coordinacion fiscal.
VIII. Designar al Director General del INDETEC y aprobar su presupuesto.
IX. Resolver las inconformidades que presenten las entidades respecto al calculo y distribucion de participaciones.
Cuando una entidad considere que las participaciones que recibe no corresponden a los montos correctos, podra presentar una inconformidad ante la Comision Permanente, la cual debera resolver en un plazo maximo de 30 dias habiles.
La resolucion de la Comision Permanente sera obligatoria para las partes y podra ser impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nacion mediante controversia constitucional.
La Comision Permanente presentara un informe anual a la Reunion Nacional sobre el estado que guarda el Sistema de Coordinacion Fiscal, incluyendo las controversias resueltas y las recomendaciones emitidas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las funciones de la Comision Permanente incluyen un mecanismo de resolucion de controversias que es fundamental para el funcionamiento del sistema. En SDV consideramos que el procedimiento de inconformidad ante la Comision es la via mas rapida y especializada para resolver disputas sobre participaciones, antes de recurrir a la controversia constitucional ante la Suprema Corte.
Art. 13. Organismos del Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal
Crea y regula los organismos que integran el Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal: la Reunion Nacional de Funcionarios Fiscales, la Comision Permanente de Funcionarios Fiscales y el Instituto para el Desarrollo Tecnico de las Haciendas Publicas (INDETEC).
Art. 16. Integracion de la Comision Permanente de Funcionarios Fiscales
Define la integracion de la Comision Permanente de Funcionarios Fiscales, que se compone de la Secretaria de Hacienda y ocho entidades federativas, asi como sus reglas de sesion y votacion.
Art. 18. Instituto para el Desarrollo Tecnico de las Haciendas Publicas
Regula la creacion, organizacion y funciones del INDETEC como organismo tecnico del Sistema Nacional de Coordinacion Fiscal, dedicado a la asesoria, capacitacion e investigacion en materia hacendaria.
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