Establece que la Secretaria de Economia determinara las reglas de origen y los procedimientos de verificacion aplicables a las mercancias de comercio exterior.
La Secretaria de Economia determinara las reglas de origen que deben cumplir las mercancias para ser consideradas como originarias de un pais o region, asi como los procedimientos para su verificacion.
Las reglas de origen tienen como finalidad:
1. Determinar la nacionalidad de las mercancias para efectos de aplicacion de aranceles preferenciales
2. Evitar la triangulacion comercial, es decir, que mercancias de terceros paises se beneficien indebidamente de preferencias arancelarias
3. Garantizar que la transformacion sustancial de las mercancias ocurra efectivamente en el pais que reclama el origen
Las mercancias podran calificar como originarias conforme a los siguientes criterios:
- Totalmente obtenidas: Mercancias extraidas, cosechadas o nacidas en el territorio de un pais (minerales, productos agricolas, pesca)
- Transformacion sustancial: Mercancias que han sufrido una transformacion suficiente en el pais de origen (cambio de clasificacion arancelaria, valor de contenido regional)
- De minimis: Regla que permite que un porcentaje menor de materiales no originarios no impida la calificacion de la mercancia como originaria
La Secretaria podra realizar verificaciones de origen a las mercancias importadas que gocen de trato arancelario preferencial, para confirmar que efectivamente cumplen con las reglas de origen del tratado aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las reglas de origen son el mecanismo que asegura que solo las mercancias genuinamente producidas en un pais socio reciban preferencias arancelarias. Son tecnicas y complejas, y en el contexto del T-MEC se han endurecido significativamente, particularmente para el sector automotriz. En SDV asesoramos a empresas manufactureras en el cumplimiento de las reglas de origen para que puedan aprovechar al maximo las preferencias arancelarias.
Art. 13. Aplicacion de aranceles en tratados internacionales
Establece que los aranceles podran ser diferentes segun el pais de origen conforme a los tratados internacionales de los que Mexico sea parte.
Art. 18. Certificados de origen
Regula la expedicion de certificados de origen para acreditar que las mercancias exportadas cumplen con las reglas de origen de los tratados internacionales.
Art. 19. Verificacion de origen
Faculta a la Secretaria de Economia para verificar el origen de las mercancias importadas bajo trato preferencial y establece los procedimientos de verificacion.
Art. 20. Marcado de pais de origen
Establece que la Secretaria podra determinar que las mercancias ostenten un marcado de pais de origen para ser introducidas al territorio nacional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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