LA

Artículo 266. Sanciones por incumplimiento de la suspensión

Establece las penas aplicables a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de suspensión dictadas en el juicio de amparo.

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Texto Legal

Artículo 266 — Incumplimiento de la Suspensión

Al servidor público que no obedezca un auto de suspensión, debidamente notificado, se le impondrá:

I. Pena de tres a nueve años de prisión;

II. Multa de cincuenta a quinientos días;

III. Destitución del cargo; e

IV. Inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar cargo público.

Las mismas sanciones se aplicarán a quien autorice o tolere la ejecución de actos violatorios de la suspensión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las multas economicas previstas en la Ley de Amparo se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualizacion vigente. SDV Asesores considera estos montos en el analisis de costo-beneficio del litigio constitucional, informando a sus clientes sobre los riesgos economicos asociados a determinadas estrategias procesales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 266 del LA?

Establece las penas aplicables a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de suspensión dictadas en el juicio de amparo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 266 de la Ley de Amparo?

Las multas economicas previstas en la Ley de Amparo se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualizacion vigente. SDV Asesores considera estos montos en el analisis de costo-beneficio del litigio constitucional, informando a sus clientes sobre los riesgos economicos asociados a determinadas estrategias procesales.

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