Establece las reglas de cumplimiento de la sentencia cuando el amparo se concedió contra actos administrativos.
Cuando la sentencia de amparo se conceda contra actos administrativos, el cumplimiento consistirá en:
I. Dejar sin efecto el acto reclamado;
II. Restituir al quejoso en el goce del derecho violado; y
III. En su caso, emitir un nuevo acto en el que se subsanen las violaciones declaradas.
Si el amparo fue concedido para efectos, la autoridad responsable deberá emitir la nueva resolución siguiendo los lineamientos establecidos en la sentencia de amparo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cumplimiento de sentencias de amparo que involucran la devolucion de cantidades pagadas indebidamente es frecuente en materia fiscal. SDV Asesores vigila que la devolucion incluya la actualizacion y los intereses correspondientes conforme a la legislacion fiscal, garantizando que el contribuyente reciba la restitucion completa de su patrimonio afectado.
Anterior
Art. 211. Cumplimiento en amparo contra normas generales
Siguiente
Art. 213. Cumplimiento en materia fiscal
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo