Establece cuándo causan ejecutoria las sentencias dictadas en amparo directo y los efectos de la cosa juzgada.
Las sentencias de amparo directo causarán ejecutoria:
I. Cuando no admitan ningún recurso;
II. Cuando admitiéndolo, no se interponga dentro del plazo legal; y
III. Cuando habiendo sido recurridas, se resuelva el recurso en definitiva.
La sentencia ejecutoria de amparo constituye cosa juzgada y es de cumplimiento obligatorio para la autoridad responsable. El incumplimiento de la ejecutoria se sancionará en los términos de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las disposiciones finales sobre el amparo directo complementan el marco procesal ante los tribunales colegiados. SDV Asesores las considera en su planificacion integral del litigio constitucional, coordinando las estrategias de amparo directo con los procedimientos ante los tribunales fiscales para lograr una defensa constitucional coherente y efectiva.
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