Establece las reglas para el cómputo de plazos: se cuentan por días hábiles, excluyendo sábados, domingos, días de descanso obligatorio y los que el CJF determine.
Los plazos en el juicio de amparo se computarán de la siguiente manera:
I. Comenzarán a correr al día siguiente al en que surta efectos la notificación, incluyéndose en ellos el día del vencimiento;
II. Se contarán por días hábiles; y
III. Para su cómputo no se contarán los sábados, los domingos, los días en que no haya labores en el órgano jurisdiccional de amparo ni aquellos en que se hubiese suspendido el procedimiento.
Los plazos que venzan en día inhábil se entenderán prorrogados hasta el siguiente día hábil.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El computo correcto de los plazos es una habilidad critica en la practica del amparo. SDV Asesores mantiene un sistema de control de terminos que considera dias inhabiles, periodos vacacionales del Poder Judicial y suspension de labores. Un error en el computo puede resultar en la extemporaneidad de la demanda y la perdida irreparable del derecho a impugnar actos fiscales inconstitucionales.
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Art. 17. Plazo para presentar la demanda de amparo
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