LA

Artículo 146. Suspensión en materia penal

Regula las particularidades de la suspensión del acto reclamado en materia penal.

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Texto Legal

Artículo 146 — Suspensión en Materia Penal

Cuando el acto reclamado afecte la libertad personal del quejoso, la suspensión producirá el efecto de que éste quede a disposición del órgano jurisdiccional que conozca del amparo, por lo que se refiere a su libertad personal.

La suspensión de una orden de aprehensión podrá concederse bajo las condiciones que el juzgador estime pertinentes, incluyendo la comparecencia periódica del quejoso.

En ningún caso la suspensión impedirá que continúen las investigaciones del Ministerio Público.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La suspension respecto de la clausura de establecimientos comerciales o industriales es particularmente relevante para las empresas. SDV Asesores la solicita de manera inmediata cuando la autoridad fiscal clausura un negocio, demostrando que la medida causa danos irreparables al impedir el funcionamiento de la fuente de empleo y la generacion de ingresos del contribuyente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del LA?

Regula las particularidades de la suspensión del acto reclamado en materia penal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 146 de la Ley de Amparo?

La suspension respecto de la clausura de establecimientos comerciales o industriales es particularmente relevante para las empresas. SDV Asesores la solicita de manera inmediata cuando la autoridad fiscal clausura un negocio, demostrando que la medida causa danos irreparables al impedir el funcionamiento de la fuente de empleo y la generacion de ingresos del contribuyente.

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