LA

Artículo 115. Informe justificado de la autoridad

Establece el contenido y plazo del informe justificado que las autoridades responsables deben rendir en el amparo indirecto.

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Texto Legal

Artículo 115 — Informe Justificado

Las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación dentro del plazo de quince días contados a partir de su notificación.

En el informe justificado, la autoridad:

I. Expondrá las razones y fundamentos legales que estime pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio;

II. Acompañará copia certificada de las constancias necesarias para apoyar dicho informe; y

III. Rendirá la información relativa al acto reclamado.

El juez podrá ampliar el plazo para rendir el informe hasta por otros diez días cuando la complejidad del caso lo amerite.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La prevencion al quejoso para subsanar irregularidades de la demanda es una oportunidad para corregir deficiencias formales sin perder el plazo. SDV Asesores atiende las prevenciones de manera inmediata y completa, ya que el incumplimiento dentro del plazo de cinco dias resulta en el desechamiento de la demanda de amparo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 115 del LA?

Establece el contenido y plazo del informe justificado que las autoridades responsables deben rendir en el amparo indirecto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 115 de la Ley de Amparo?

La prevencion al quejoso para subsanar irregularidades de la demanda es una oportunidad para corregir deficiencias formales sin perder el plazo. SDV Asesores atiende las prevenciones de manera inmediata y completa, ya que el incumplimiento dentro del plazo de cinco dias resulta en el desechamiento de la demanda de amparo.

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