Establece las obligaciones generales que deben cumplir quienes pretendan importar o exportar mercancias, incluyendo la inscripcion en el padron de importadores, el uso de agente o agencia aduanal, y el cumplimiento de regulaciones aplicables.
Quienes importen mercancias deberan cumplir con las siguientes obligaciones:
- I. Estar inscritos en el Padron de Importadores y, en su caso, en el Padron de Importadores de Sectores Especificos.
- II. Contratar los servicios de un agente aduanal o agencia aduanal para el despacho de sus mercancias.
- III. Entregar al agente aduanal toda la documentacion necesaria para el despacho.
- IV. Inscribirse en el RFC y estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
Podran despachar mercancias sin agente aduanal:
- Las dependencias del gobierno federal.
- Los organismos descentralizados.
- Las empresas de participacion estatal mayoritaria.
- Los pasajeros y las empresas de mensajeria (en operaciones de bajo valor).
La inscripcion en el Padron de Importadores es requisito indispensable para realizar operaciones de importacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las obligaciones de importadores y exportadores incluyen inscripcion en el padron de importadores, uso de agente o agencia aduanal (salvo excepciones), cumplimiento de regulaciones no arancelarias y conservacion de documentacion. La inscripcion en el padron es requisito previo indispensable; sin ella, la mercancia no puede despacharse. Las empresas deben mantener actualizado su padron y cumplir con los encargos conferidos.
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