Establece la obligacion del agente aduanal de otorgar y mantener vigente una garantia ante el SAT que cubra su responsabilidad por las operaciones de comercio exterior que promueva.
Los agentes aduanales deberan otorgar y mantener vigente una garantia ante el SAT.
El monto se determinara conforme al volumen de operaciones del agente aduanal y se actualizara periodicamente.
- Fianza de institucion autorizada.
- Deposito en efectivo ante el SAT.
- Las demas que autorice la autoridad.
La garantia cubrira:
- La responsabilidad del agente aduanal por contribuciones omitidas.
- Las multas que le sean impuestas.
- Los danos causados al fisco por su actuacion.
La garantia podra cancelarse cuando:
- Se cancele la patente del agente aduanal.
- Transcurran los plazos de caducidad de las operaciones amparadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La garantia que debe mantener el agente aduanal ante el SAT cubre su responsabilidad por operaciones irregulares. Esta garantia protege al fisco federal, no al importador directamente. Los importadores deben complementar esta proteccion con seguros propios y clausulas contractuales que delimiten la responsabilidad en caso de errores del agente.
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