EGCP

Artículo 4. Derechos y deberes de entidades

Establece las obligaciones de las entidades estatales en la ejecución de contratos, incluyendo la exigencia de calidad y cumplimiento de condiciones. Este artículo es clave para la gestión contractual.

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Texto Legal

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES ESTATALES.
Para la consecución de los fines de que trata el artículo anterior, las entidades estatales:


1o. Exigirán del contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. Igual exigencia podrán hacer al garante.


2o. Adelantarán las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar.


3o. Solicitarán la actualización o la revisión de los precios cuando se produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato.


4o. Adelantarán revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios prestados o bienes sumistrados, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas, y promoverán las acciones de responsabilidad contra éstos y sus garantes cuando dichas condiciones no se cumplan.


Las revisiones periódicas a que se refiere el presente numeral deberán llevarse a cabo por lo menos una vez cada seis (6) meses durante el término de vigencia de las garantías.


5o. Exigirán que la calidad de los bienes y servicios adquiridos por las entidades estatales se ajuste a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o, en su defecto, con normas internacionales elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales suscritos por Colombia.


6o. Adelantarán las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado.


7o. Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirán contra los servidores públicos, contra el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban pagar como consecuencia de la actividad contractual.


Jurisprudencia Vigencia


8o.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones y responsabilidades para las entidades, afectando su reputación y capacidad operativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del EGCP?

Establece las obligaciones de las entidades estatales en la ejecución de contratos, incluyendo la exigencia de calidad y cumplimiento de condiciones. Este artículo es clave para la gestión contractual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la Estatuto Contratación Pública?

El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones y responsabilidades para las entidades, afectando su reputación y capacidad operativa.

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