El Articulo 224 regula la publicacion de avisos de licitaciones, estableciendo plazos y medios de comunicacion. Esto es crucial para la transparencia en los procesos de contratacion.
del Decreto 19 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a Ia apertura de Ia licitación se publicarán hasta tres (3) avisos con intervalos entre dos (2) y cinco (5) días calendario, según Io exija Ia naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en Ia página Web de Ia entidad contratante y en el Sistema Electrónico para Ia Contratación Publica -SECOP.
En defecto de dichos medios de comunicación, en los pequeños poblados, de acuerdo con los criterios que disponga el reglamento, se leerán por bando y se fijarán por avisos en los principales lugares públicos por el término de siete (7) días calendario, entre los cuales deberá incluir uno de los días de mercado en Ia respectiva población.
Los avisos contendrán información sobre el objeto y características esenciales de Ia respectiva licitación.
Notas de Vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Notas de Vigencia
Legislación Anterior
4o.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con los requisitos de publicacion de licitaciones es vital para evitar impugnaciones y asegurar la legalidad en los procesos de contratacion, lo que puede impactar directamente en la reputacion y operacion de la entidad contratante.
Anterior
Art. 30. Estructura de Procedimientos de Selección
Siguiente
Art. 220. Audiencia para propuestas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo