Este articulo establece que los actos que declaren caducidad, impongan multas o sanciones deben ser publicados en el SECOP y comunicados a la camara de comercio correspondiente. Esta medida busca asegurar la transparencia en la gestion de contratos estatales.
del Decreto 19 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> La parte resolutiva de los actos que declaren Ia caducidad, impongan multas, sanciones o declaren el incumplimiento, una vez ejecutoriados, se publicarán en el SECOP y se comunicarán a Ia cámara de comercio en que se encuentre inscrito el contratista respectivo. También se comunicarán a Ia Procuraduría General de Ia Nación.
Notas de Vigencia
Jurisprudencia Vigencia
Legislación Anterior
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El incumplimiento de esta obligacion puede resultar en falta de transparencia y posibles sanciones administrativas para la entidad estatal, afectando su reputacion y confianza ante los contratistas.
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Art. 31. Publicación de Actos Sancionatorios
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Art. 53. Definicion de Contratos de Consultoria
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