EGCP

Artículo 218. Publicacion de Actos Administrativos

Este articulo establece que los actos que declaren caducidad, impongan multas o sanciones deben ser publicados en el SECOP y comunicados a la camara de comercio correspondiente. Esta medida busca asegurar la transparencia en la gestion de contratos estatales.

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Texto Legal

del Decreto 19 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> La parte resolutiva de los actos que declaren Ia caducidad, impongan multas, sanciones o declaren el incumplimiento, una vez ejecutoriados, se publicarán en el SECOP y se comunicarán a Ia cámara de comercio en que se encuentre inscrito el contratista respectivo. También se comunicarán a Ia Procuraduría General de Ia Nación.


Notas de Vigencia


Jurisprudencia Vigencia


Legislación Anterior


III.DEL CONTRATO ESTATAL.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de esta obligacion puede resultar en falta de transparencia y posibles sanciones administrativas para la entidad estatal, afectando su reputacion y confianza ante los contratistas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 218 del EGCP?

Este articulo establece que los actos que declaren caducidad, impongan multas o sanciones deben ser publicados en el SECOP y comunicados a la camara de comercio correspondiente. Esta medida busca asegurar la transparencia en la gestion de contratos estatales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 218 de la Estatuto Contratación Pública?

El incumplimiento de esta obligacion puede resultar en falta de transparencia y posibles sanciones administrativas para la entidad estatal, afectando su reputacion y confianza ante los contratistas.

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