EGCP

Artículo 15. Interpretación unilateral de contratos

Este articulo permite a la entidad estatal interpretar unilateralmente los contratos en caso de discrepancias. Es importante para la resolución de conflictos durante la ejecución.

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Texto Legal

DE LA INTERPRETACIÓN UNILATERAL.
Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de algunas de sus estipulaciones que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, la entidad estatal, si no se logra acuerdo, interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia.


Notas del Editor


Jurisprudencia Vigencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Una interpretación unilateral puede generar desconfianza entre las partes y potenciales litigios si no se maneja con transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del EGCP?

Este articulo permite a la entidad estatal interpretar unilateralmente los contratos en caso de discrepancias. Es importante para la resolución de conflictos durante la ejecución.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la Estatuto Contratación Pública?

Una interpretación unilateral puede generar desconfianza entre las partes y potenciales litigios si no se maneja con transparencia.

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